¿Quién cubre los objetos dejados en un comercio?

¿Quién cubre los objetos dejados en un comercio?

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¿Quién cubre los objetos dejados en un comercio?

Todos hemos visto en algunos parkings esos carteles que en tono taxativo afirman: “Este estacionamiento no se hace responsable de los vehículos aparcados”. Pero, ¿eso es verdad?, ¿pueden desentenderse de nuestro coche si estamos pagando precisamente por aparcarlo?, ¿qué ocurre con la ropa que dejamos en las tintorerías?, ¿y si roban la radio de nuestro coche cuando lo hemos dejado en el taller mecánico?

En este nuevo post de Bancaseguros te contamos las claves sobre la responsabilidad civil y cómo pueden protegerse los dueños de los negocios.

En el momento en que pagamos a un parking por estacionar se establece un contrato: depositamos nuestro vehículo y es su obligación devolverlo en las mismas condiciones en que lo dejamos. Esto afecta solo al coche en sí: si han robado un objeto dejado a la vista en el asiento del copiloto, sí pueden negar su responsabilidad (les hemos confiado nuestro coche, no lo guardado en su interior).

Si el estacionamiento no se hace cargo de los daños en el coche debemos pedir y rellenar las hojas oficiales de reclamaciones. Remarcamos la importancia de que sean las oficiales: puede que nos intenten “colar” unas simples hojas internas de sugerencias sin valor legal ninguno. Sabremos que son “las buenas” porque tienen el sello de la Comunidad Autónoma y vienen por triplicado: una copia para nosotros, otra para el establecimiento y una tercera para la administración pública.

También sería conveniente que la empleada o empleado del parking confirme en estas hojas lo sucedido, pero puede ser complicado que se presten a colaborar. Por eso es recomendable pedir a la policía municipal que acuda y levante atestado. Después sólo tenemos que interponer una denuncia en la comisaría más cercana y dar parte a nuestra compañía de seguros (confiamos en que nos hayas elegido).

Las “responsabilidades civiles”

Si dejamos una prenda en una tintorería y la roban, estamos en el mismo caso que en ejemplo del coche. Y si nuestro abrigo blanco acaba teñido de rosa, también debería hacerse cargo el comercio, pero ese caso lo cubre un seguro distinto, aunque también sea de responsabilidad civil.

Oímos hablar tanto de la “responsabilidad civil”, que es lógico pensar que se trata de un concepto claro y que hace referencia únicamente a un ámbito concreto. Sin embargo, hay muchas “responsabilidades civiles”. En el seguro de hogar la responsabilidad civil solo es la del inquilino o propietario, pero si tenemos un negocio podemos enfrentarnos a una amplia variedad de situaciones que se rigen por normas distintas:

  • Responsabilidad civil de explotación. Es la más común por lo que, si leemos “seguro de responsabilidad civil” sin especificar el ámbito, lo más habitual será que se refiera a este tipo. Cubre los daños producidos directamente por nuestra actividad, por ejemplo, el caso que hemos mencionado de la prenda desteñida en una tintorería.
  • Responsabilidad civil de productos. Nos protege ante las demandas por daños futuros que un mal trabajo por nuestra parte pueda ocasionar: una rueda mal ajustada en un taller mecánico que causa un accidente, una comida en mal estado de un restaurante que origina un problema de seguridad alimentaria, un tejado mal impermeabilizado... La gran diferencia con la responsabilidad civil de explotación es que el producto ya no está en nuestras manos cuando se produce el daño. Esta garantía también se conoce como “post-trabajo”.
  • Responsabilidad civil de objetos confiados. Es la que se encarga de protegernos si roban un coche en el parking o un paquete en manos de la empresa de mensajería. No somos los responsables de lo que ha ocurrido, pero el daño se ha producido cuando estos objetos estaban en nuestro poder de forma temporal para una reparación, depósito o transporte.
  • Responsabilidad civil patronal: No afecta a los clientes. Es la que da cobertura a los empleados del comercio si sufren, por ejemplo, un accidente laboral.

Diferentes coberturas para cada tipo de negocio

Lo habitual es que un único seguro no cubra todas los tipos de responsabilidad civil que existen. Los comerciantes deberán contratar diferentes coberturas para protegerse en cada caso.

En Laboral Kutxa ofrecemos un amplio abanico de seguros que cubren las diferentes “responsabilidades civiles” en las que pueda verse implicado un negocio. A fin de cuentas si no hay empleados no tiene sentido contratar un seguro que cubra la responsabilidad civil patronal y si no se hace cargo de objetos de terceros no debería pagar por un seguro que cubra la responsabilidad civil de objetos confiados.

Un estudio de los riesgos que cada negocio corre por llevar adelante su actividad ayudará a elegir solo las coberturas necesarias, pagar lo justo y dormir a pierna suelta sabiendo que tanto el negocio como los clientes están bien protegidos.

 

Imagen CC BY epSos.de


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