Todo lo que debes saber sobre el seguro de hogar si es un piso de alquiler

Todo lo que debes saber sobre el seguro de hogar si es un piso de alquiler

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Todo lo que debes saber sobre el seguro de hogar si es un piso de alquiler

Si tienes un piso de alquiler o eres arrendatario, este artículo te interesa. Resolvemos algunas de las preguntas frecuentes sobre seguros de hogar en viviendas de alquiler: ¿es realmente necesario?, ¿quién debe contratarlo?, ¿cuáles son las coberturas que más interesan? Te lo contamos.

Los seguros de hogar son una de esas tipologías de seguros que despiertan algunas incógnitas, sobre todo cuando se trata de un piso de alquiler: ¿es necesario? De serlo, ¿quién debe pagarlo?, ¿el arrendador o el arrendatario?, ¿ambos deben contratar las mismas coberturas?

Vamos a intentar arrojar un poco de luz al respecto para que sepas qué debes hacer en cada caso, seas inquilino o propietario. Esperamos serte de ayuda.

Preguntas frecuentes sobre seguros de hogar, si es un piso de alquiler

Para poder responder a las incógnitas que surgen en torno a los seguros de hogar si es un piso de alquiler, primero debemos detenernos en la definición de algunos conceptos básicos.

El continente

Se considera continente a los elementos de la construcción y estructura del edificio (suelo, techo, ventanas, puertas, etcétera).

El contenido

Se considera contenido todo aquello que se encuentra en el interior de la vivienda (muebles, electrodomésticos, etcétera).

Responsabilidad civil

Esta cobertura cubre aquellos daños ocasionados a terceros, ya seas inquilino o casero.

Ahora que ya sabemos qué se considera continente en un seguro de hogar y qué es contenido, así como la responsabilidad civil, será más sencillo comprender quién es responsable de la contratación del seguro de hogar cuando se trata de una casa de alquiler, y si realmente es necesario o no.

¿Quién debe pagar el seguro?

La contratación del seguro de hogar recae en primer lugar sobre el dueño de la casa, porque es el primer interesado en mantener la casa en perfectas condiciones.

No obstante, el seguro de hogar tiene distintas modalidades y coberturas y no todas son de interés para el dueño de la casa. Aquí es donde surgen las dudas más frecuentes.

¿En qué casos es interesante para el dueño y en cuáles para el inquilino?

El propietario de la vivienda será quien deba asegurar el continente, sobre todo en lo que se refiere a responsabilidad civil, una garantía de ‘obligatoria’ importancia ante la posibilidad de ocasionar daños a terceros, no necesariamente por parte del inquilino.

Hablamos, por ejemplo, de una rotura de tuberías o de la aparición de humedades. Sin embargo, a no ser que la vivienda esté hipotecada, no es estrictamente necesario u obligatorio.

En lo que respecta al contenido, puede ser de interés para ambos asegurarlo. Cada uno deberá asegurar lo que es de su propiedad.

En el caso del inquilino es importante la responsabilidad civil ante los daños que pudiera ocasionar a terceros. Hay que tener en cuenta que la póliza del dueño del piso no cubre los daños o siniestros ocasionados por el inquilino a terceros, y si la aseguradora del propietario efectuara algún tipo de indemnización, se la reclamaría al inquilino posteriormente.

Entonces, ¿debo hacerme un seguro de hogar, si vivo en régimen de alquiler?

Llegados a este punto se podría decir que, aunque no es obligatorio contratar un seguro de hogar si vives de alquiler, es uno de los seguros más recomendados en estos casos.

Además, es posible sacarle partido a un seguro del hogar porque protege tanto al inquilino como al dueño de la vivienda en muchos supuestos.

Si ambas partes, arrendatario y propietario, tienen un seguro de hogar, estarán protegidos y se evitarán así muchos posibles conflictos entre ambas partes.

Por ejemplo, cuando el inquilino cesa el alquiler, puede recurrir al “servicio manitas” de un seguro de hogar para reparar aquellos pequeños daños ocasionados por uso y que pueden provocar que pierda la fianza del piso. O por el contrario, el dueño puede reparar esos detalles estéticos que haya ocasionado el anterior arrendatario de cara al próximo arrendamiento.

El riesgo del alquiler

Dicho todo esto, conviene mencionar una última razón para la contratación si eres propietario: asegurar el riesgo del alquiler y que puede hacerse o bien como póliza o como cobertura.

Por asegurar el riesgo de alquiler se entienden como coberturas aquellas que cubren impagos de alquiler.

Esperamos haberte trasladado la importancia de contratar un seguro de hogar tanto si eres inquilino como propietario. Si necesitas más información, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de atenderte.

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