Saber más sobre… el programa de apoyo financiero a autónomos (AFA) en Bizkaia

Saber más sobre… el programa de apoyo financiero a autónomos (AFA) en Bizkaia

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Saber más sobre… el programa de apoyo financiero a autónomos (AFA) en Bizkaia

Hace unas semanas se anunciaba que siete bancos y cajas, entre los que se encuentra Caja Laboral, han firmado un acuerdo de colaboración con la Diputación Foral de Bizkaia para proporcionar ayudas financieras a los empresarios autónomos de este territorio. Se trata del Programa de Apoyo Financiero a Autónomos (AFA) por el cual la Diputación Foral de Bizkaia se hará cargo el 4% del préstamo suscrito por un autónomo para mejorar su negocio.

En este post vamos a intentar explicaros exactamente en qué consiste el convenio, quiénes pueden acogerse a las ayudas y cómo hacerlo.

Plazos para realizar la solicitud

  • Comienzo: a partir del 2 de mayo, aunque los autónomos que hayan suscrito un préstamo en los primeros meses de 2011 también tendrán derecho a solicitar la subvención.
  • Fin del plazo: 30 de octubre de 2011.
(Recogido en Decreto Foral 69/2011, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones del programa de Apoyo Financiero a Autónomos “AFA” (Boletín Oficial de Bizkaia num.63, publicado 31.03.11 (PDF))

Objetivos

Dada la situación actual de acceso más costoso al crédito para autónomos, el programa AFA trata de ayudar a sufragar los intereses de los préstamos suscritos con entidades financieras para la mejora, ampliación o renovación de la actividad económica.

Préstamos subvencionados

Podrán acogerse a la subvención los préstamos formalizados entre el 1 de enero y el 30 de octubre de 2011 (siempre y cuando el presupuesto destinado por la diputación no se agote antes de dicha fecha) y que estén dirigidos a las siguientes inversiones:
  • Instalaciones técnicas
  • Maquinaria
  • Utillaje
  • Otras instalaciones
  • Equipos para procesos de información
  • Elementos de transporte

¿De cuánto es la subvención?

La Diputación de Bizkaia pagará al autónomo el 4% del préstamo subvencionado, es decir, 4 euros por cada 100 de crédito concedido para la mejora de los negocios.

El crédito mínimo subvencionable es de 10.000€ y el máximo de 100.000€, por lo que la subvención es de entre 400 y 4.000 €.

Además, la subvención es compatible con otras subvenciones, siempre y cuando la suma de las mismas no supere el coste total de la actividad subvencionada.

¿Cuándo se hace efectiva la subvención?

  • Una vez aprobada la subvención, la Diputación abonará el 50% del total de la subvención.
  • El otro 50% se abonará tras presentar los justificantes bancarios de haber pagado durante un año los intereses del préstamo concedido. El plazo máximo para entregar dichos justificantes finaliza el 30 de octubre de 2012.

¿Quién puede solicitar la subvención?

Estos son los requisitos que deben cumplir los solicitantes:
  • Persona física que ejerza actividad económica, dada de alta en RETA (régimen especial de trabajadores autónomos) o mutualidad equivalente
  • Residencia habitual en Bizkaia
  • Centro de trabajo en Bizkaia
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la S.S.
  • Estar pagando el impuesto de actividades económicas

¿Cómo se solicita la subvención?

Documentación

Para tener acceso a la subvención, es necesario presentar la siguiente documentación:
  • Ficha de acreedor: se facilita y se cumplimenta en la entidad financiera; también puede descargarse en la página web de la diputación (PDF)
    • Deberá coincidir con la cuenta asociada al préstamo (es decir, la cuenta donde recibirás los ingresos debe ser la misma que la del préstamo) y estar cumplimentada, firmada y sellada tanto por el autónomo como por la entidad financiera.
  • Certificado de Empadronamiento(lo aporta el solicitante)
  • Justificante de Alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social o mutualidad equivalente (lo aporta el solicitante)
  • Facturas proforma y/o presupuestos de la inversión para la que se pide la subvención.
  • Plan o cuadro de amortización del préstamo solicitado a 6 meses o a un año (se solicita en la entidad financiera)
  • Póliza del préstamo (la aporta la entidad financiera una vez aprobado el préstamo)

Trámitación

Una vez reunida toda la documentación, la entidad financiera se encargará de tramitar la solicitud ante la Diputación Foral de Bizkaia.

Paralelamente, el autónomo deberá hacer llegar la documentación mencionada en el apartado anterior a la Diputación:

  • Si realiza la solicitud telemática, deberá obtener en el Departamento de Promoción Económica la tarjeta Bizkaibai (se solicita en las oficinas del Departamento de Promoción Económica, en Obispo Orueta nº6) y seguir los siguientes pasos:
    1. Acceder a través de www.bizkaia.net/sustapena a la oficina virtual del Departamento.
    2. Una vez en la oficina virtual, introduciendo su DNI, aparecerá la solicitud rellenada su solicitud, a la cual hay que adjuntar la documentación en PDF.
    3. Comprobar los datos, y enviar la solicitud junto con la documentación, introduciendo las claves de su tarjeta Bizkaibai.
  • Si no, puede entregar la documentación presencialmente o enviarla por correo al Departamento de Promoción Económica (C/Obispo Orueta nº 6.).
La Diputación estudiará la solicitud y notificará tanto a la entidad como al interesado la resolución de la petición.

Podéis ver el programa detallado en la página la web de la diputación.


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