Los nuevos tipos de retenciones en el IRPF e Impuesto de Sociedades en los Territorios Forales

Los nuevos tipos de retenciones en el IRPF e Impuesto de Sociedades en los Territorios Forales

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Los nuevos tipos de retenciones en el IRPF e Impuesto de Sociedades en los Territorios Forales

Tal y como se anunció desde la sección noticias de Consulting PRO, las distintas Haciendas Forales vascas han regulado los nuevos tipos de retenciones en el Impuesto de la Renta y en el Impuesto de Sociedades que fueron establecidos por el Real Decreto-ley 9/2015, de 10 julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas económicas.

En Bizkaia, los nuevos tipos de retención fueron aprobados y publicados a través del Decreto Foral 128/2015, de 21 de julio (BOB de 28 de julio de 2015)

En Gipuzkoa, también con efectos desde el 12 de julio de 2015, la aprobación y la incorporación de los nuevos tipos de retención y pagos a cuenta se establecieron por medio del Decreto Foral 73/2015, de 28 de julio (BOG de 30 de julio de 2015)

Por su parte la Diputación Foral de Alava, con la misma finalidad de ajustarse  a la normativa del régimen común, incorporó los nuevos tipos de retención por medio del Decreto Foral 41/2015, de 21 de julio (BOTHA de 31 de julio de 2015)

A continuación, se detallan los cambios que afectarán a los autónomos:

Rendimiento de actividades profesionales

Desde el 12 de julio de 2015 las retenciones sobre rendimientos de actividades profesionales se reducen del 19% al 15%.

Por tanto, si la factura se emitiera antes del 12 de julio tiene que hacerse con el 19% de retención, y las que se emitan después de esa fecha tienen que emitirse con el 15% de retención.

Asimismo, en el caso de los autónomos que inicien la actividad el tipo de retención pasa a ser del 7% durante los tres primeros años de actividad (hasta el 11 de julio la retención era del 9%).

Arrendamiento de inmuebles urbanos (se aplican para alquileres de oficinas y locales sujetos a retención). Desde el 1 de Septiembre la retención de los arrendamientos pasa a ser del 19,50% (hasta el 31/08/2015 es del 20%) y desde el 1 de enero de 2016 se establece en el 19%.

Otras rentas

Desde el 12 de julio de 2015 se reduce el porcentaje de retención, del 20 al 19,5%, para los rendimientos del capital mobiliario, premios en metálico, y rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas y del subarriendo sobre los bienes anteriores.

Impuesto de Sociedades

No se modifica el tipo de gravamen, lo que cambia es el tipo general de retención que desde el 12 de julio de 2015 se reduce al 19,50% (antes estaba en el 20%) Desde el 1 de enero de 2016 se establece en el 19%.

A continuación, se incluye un cuadro-resumen con los nuevos tipos de retenciones para los períodos 2015 - 2016:

ConceptoHasta el 11/7/2015Desde el 12/7/2015A partir del 1/1/2016
Retención profesionales19%15%15%
Retención autónomos que inician actividad; primeros tres ejercicios9%7%7%
Retención profesionales con rendimiento inferior a 15.000€ y represente más del 75% de la suma de los rendimientos económicos y del trabajo obtenidos en el ejercicio anterior15%15%15%
Rendimientos de capital mobiliario20%19,50%19%
Hasta el 31/8/2015Desde el 1/9/2015A partir del 1/1/2016
Arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles20%19,50%19,00%
Ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolso de acciones y participaciones de fondos de inversión20%19,50%
 


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